QUEDÓ CONFORMADO EL COMITÉ DE CRISIS DE LOBOS

Por Infolobos abril 2, 2020 17:33 Volver a la Home

Lobos, 2 de abril de 2020

VISTO:
La necesidad de formalizar mediante el acto administrativo pertinente, el Comité de Crisis que fuera formado en virtud de la declaración de la Pandemia por el Virus Covid -19; Y;

CONSIDERANDO:

Que para poder disponer de todas las medidas necesarias para la alcanzar los objetivos previstos por la normativa, y a los fines de atender de modo organizado y eficaz todas las situaciones de crisis que se presenten y que pongan en peligro la calidad de vida de los habitantes del pueblo de Lobos resulta necesaria la creación de una Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis; Que ello implica acordar todos los mecanismos necesarios para la búsqueda de una solución en forma conjunta con los distintos actores involucrados en la presente problemática;

Que la situación actual de ésta Pandemia demuestra la complejidad de factores que presionan sobre los distintos servicios prestados por el Gobierno Municipal y por los demás Organismos Públicos y/o Privados, haciendo necesaria la intervención conjunta de las diversas

áreas de los mismos; Que resulta conveniente coordinar las tareas de todas las áreas de Gobierno y/o cualquier otra área que sea necesaria convocar puntualmente para la solución y tratamiento del problema que se presente con el objetivo de preservar la salubridad de la población;

Que para ello resulta necesario crear un ámbito que armonice y coordine el tratamiento de la situación de crisis planteada, evitando contradicciones en el accionar de las diferentes áreas, imprimiendo dinamismo y aprovechando al máximo los recursos del Estado

teniendo como objetivo estratégico la protección de la salud, en la actual realidad argentina; Que las circunstancias propias de la presenta crisis sanitaria -pandemia Covid-19-, la cual trae consigo una premisa principal enfocada principal y primordialmente en la prevención,

extremando los cuidados y limitando los contactos entre personas a fin de reducir la posibilidad de transmisión del virus; y la necesidad de dar cumplimiento irrestricto a todas las condiciones determinadas por el Gobierno Nacional y Provincial ante la declaración de la

Pandemia del Coronavirus.

Que dicha Unidad de Crisis deberá mantener vías de contactos en forma coordinada y por sectores garantizando el flujo de información en forma ascendente y descendente, como así también horizontal cuando corresponda, priorizando en la medida de lo posible los

contactos virtuales y/o telefónicos.

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Reconózcase carácter legal al COMITE DE CRISIS formado en virtud de la Pandemia del Virus Covid -19 en el ámbito del Partido de Lobos, bajo los términos del presente Decreto;

ARTÍCULO 2º: El COMITE DE CRISIS tratará aquellas situaciones que, por su trascendencia, requieran un tratamiento particular, monitoreando su accionar el Sr. Intendente Municipal, quien será la autoridad máxima competente para la toma final de las decisiones, utilizando los mecanismos para la dirección, prevención y ayuda en cada una de las situaciones de crisis planteadas.

ARTÍCULO 3º: Para conformar el Comité de Crisis se convocará a las siguientes instituciones y/u organizaciones:

1. INTENDENTE MUNICIPAL,
2. DIRECCIÓN DEL HOSPITAL,
3. SECRETARIA DE DESARROLLO Y PORMOCIÒN SOCIAL,
4. SECRETARIA DE GOBIERNO,
5. SECRETARIA DE SEGURIDAD,
6. SECRETARIA DE HACIENDA,
7. SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS,
8. EQUIPO MULTISECTORIAL (SAME, HOSPITAL, CIRCULO MEDICO,
SANATORIO, MUNICIPIO)
9. SAME,
10. POLICÍA,
11. BOMBEROS,
12. TRANSITO,
13. DEFENSA CIVIL.
14. CENTRO DE ATENCIÒN ENFERMOS BAJA COMPLEJIDAD,
15. DIRECCIÓN DE SALUD;
16. HCD (PRESIDENTE Y DE LOS PRESIDENTES DE BLOQUE);
17. PRENSA Y COMUNICACIÓN MUNICIPAL,
18. CÁMARAS DE COMERCIO E INDUSTRIAS,
19. ENTIDADES BANCARIAS, DIRECCIÓN DE COMPRAS MUNICIPAL,
20. SERVICIOS PÚBLICOS ESENCIALES.

ARTÍCULO 4º: La funciones de cada una de las áreas integrantes del Comité de Crisis serán:

INTENDENTE MUNICIPAL: Es la autoridad máxima del Comité, y quien autoriza y da curso favorable o no, a la decisión sugerida por el resto de las áreas integrantes del mismo. El Sr. Intendente por cuestiones operativas de carácter cotidiano interactuará únicamente a través
de sus respectivos Secretarios con todos los sectores que integren el presente comité, sin perjuicio de lo cual mantendrá comunicación directa con la Dirección del Hospital y con todos los sectores que entienda necesario.

SECRETARIA DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN SOCIAL: Tendrá a su cargo la coordinación del trabajo del SAME, la conformación del “Centro de atención de enfermos baja complejidad”, la asistencia social y todo el trabajo que lleve adelante la Dirección de Salud y las CAPS. Como
así en también en forma conjunta con la Secretaria de Gobierno tendrá a su cargo la coordinación entre el Municipio y el Equipo Multisectorial, como asimismo la coordinación de las relaciones entre el primero y las correspondientes Organizaciones Sociales.

SECRETARIA DE GOBIERNO: Tendrá a su cargo (en conjunto con la Secretaria de Desarrollo) la coordinación entre el Municipio y el Equipo Multisectorial (SAME, Hospital, Circulo Medico, Sanatorio, Municipio). A su vez coordinará la actividad y el flujo de información con el HCD, a
través de su presidente y de los presidentes de cada bloque. Asimismo, coordinará con el área de Prensa y Comunicación Municipal toda la difusión y comunicación a la prensa y comunidad que se estime necesaria.

SECRETARIA DE SEGURIDAD: Coordinará el trabajo con Policía, Bomberos, Transito y Defensa Civil.

SECRETARIA DE HACIENDA: Coordinará el trabajo y el flujo de información con Cámaras de Comercio e Industrias y Entidades Bancarias. Asimismo, estará a cargo de coordinar, a través del Área de Compras Municipal el trabajo para la obtención de insumos y servicios que sean
necesarios afrontar desde el municipio ante la crisis.

SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS: Estará a cargo de coordinar la prestación de los Servicios Públicos Esenciales durante la crisis y proveer la logística de maquinaria que la crisis requiera.

ARTÍCULO 5º: Se deja expresa constancia que las funciones indicadas en el artículo precedente son a mero título enunciativo, y no son exclusivas ni excluyentes, pudiendo surgir otras funciones que ameriten su tratamiento y coordinación por este Comité.

ARTÍCULO 6º: Comuníquese, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.

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