LICENCIAS DE CONDUCIR

Por Infolobos marzo 17, 2020 10:23 Volver a la Home

Disposición 2020: «Licencias de Conducir – COVID-19», respecto de los «vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir» y su renovación, emitida por la Dir. Provincial de Política y Seguridad Vial de la Provincia de Bs. As. (Véase el Art. 2).

SE RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Adherir parcialmente a los alcances de la Disposición N° 109/2020, emanada de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, que embebida a la presente forma parte integrante de la misma.

ARTÍCULO 2º. Prorrogar por el término de 60 (sesenta) días corridos, los vencimientos de las Licencias Nacionales de Conducir, que hayan operado u operen entre el 15 de febrero de 2020 y el 01 de abril del mismo año y encomendar a la Dirección de Licencias de Conducir y Antecedentes de Tránsito, dependiente de esta Dirección Provincial de Política y Seguridad Vial, a articular con los Centros Emisores de Licencias de Conducir, la reducción de la atención al público en las sedes de dichos establecimientos, a fin de morigerar la presencia masiva de personas en los mismos.

ARTÍCULO 3º. Difundir las recomendaciones aprobadas por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, que como Anexo I (IF-2020-05225980-GDEBA DPTMIYSPGP), Anexo II (IF-2020-05226127-GDEBA-DPTMIYSPGP) y Anexo III (IF-2020-05226232-GDEBADPTMIYSPGP) forman parte integrante de la presente, en todas las delegaciones de los Centros Emisores de Licencias de Conducir, en lugares visibles dentro de los espacios de atención al público.

ARTÍCULO 4º. Registrar, comunicar, Publicar en el Boletín Oficial. Cumplido, archivar.

Por Infolobos marzo 17, 2020 10:23 Volver a la Home